Autor: Santiago Vejar
Arquitecto especializado en planeación urbana y OT. Escritor y fundador de ARQritic.
El pasado 5 de febrero de 2024 se celebró en México el aniversario 117 de la Constitución Mexicana, la carta magna promulgada por Venustiano Carranza en 1917 que entró en vigor hasta el primero de mayo del mismo año y que ha tenido vigencia hasta la actualidad.
Fue la primera en incluir garantías sociales y no solo abogar por las individuales como lo venían haciendo las constituciones liberales, motivo por el cual se le conoce como la primera constitución social del siglo XX. Hasta la actualidad ha sido reformada por distintos mandatarios más de 200 veces, cambiando ligeramente su enfoque y volcándolo nuevamente a los intereses individuales y privados como hemos visto en los últimos 40 años. Andrés Manuel Lopez Obrador (AMLO) presentó al congreso el pasado lunes 5 de febrero 18 reformas constitucionales y dos legales, una de estas reformas constitucionales se centra en el párrafo séptimo del artículo 4, el cual expresa:
“… Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo…”
“El problema tiende a agravarse, en virtud de que la evolución económica de México muestra una tendencia a transformar el país, con gran rapidez, de un país esencialmente agrícola, a una nación preponderantemente urbana”
Menciona Luis Manuel Trejo en su libro: “El problema de la vivienda en México” publicado en 1974 por el Fondo de Cultura Económica en el entonces México D.F, tal ha sido el atraso en el abordaje del tema de la vivienda que, si bien la primera constitución social entró en vigor en 1917, fue por primera vez en febrero de 1983 que esta se vio alterada para incorporar el derecho de toda familia a acceder a “una vivienda digna y decorosa” Aunque esto haya sido más un objetivo a largo plazo y programático. Es decir, con el objetivo de hacer parte de los programas derivados de los Planes Nacionales De Desarrollo (PND).
Con respecto a lo anterior, el Plan Nacional de Desarrollo contempla dentro del Programa Nacional de Vivienda “ejes y acciones” a cargo de diversas instituciones gubernamentales, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Agrario y Territorial (SEDATU), participan, además: el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), el Fondo Nacional de Habitaciones Populares (FONHAPO), el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los trabajadores del Estado (FOVISSSTE) y la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI).
De todas las anteriores la institución más longeva es el INFONAVIT, que, a diferencia de los anteriores, se trata de una organización tripartita y que en 1992 pasó de ser un ente constructor a una institución financiera.
Antes de que la vivienda fuera un derecho constitucional para toda familia en 1983 esta era garantizada por la participación conjunta del sector de los trabajadores, el empresarial y el gubernamental, en el para entonces conocido Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) fundado en abril de 1972 como causa de su propia Ley: La Ley INFONAVIT. La cual establece la reunión de recursos destinados a dicho fin, como lo son las aportaciones patronales, que constan en el 5% del salario de los trabajadores contratados y así, darles la oportunidad de obtener un crédito de vivienda.
Para esto es claro que el trabajador debe ser formalmente parte de la empresa, dejando de lado a todos aquellos inmersos en la economía informal, que son los pequeños emprendedores no reconocidos como iguales por la Confederación Patronal o los trabajadores que laboran sin contrato alguno en empresas que abusan de la falta de oportunidades en la que muchos mexicanos están inmersos.
El planteamiento de reforma de vivienda propuesta por Andrés Manuel consiste en fortalecer nuevamente a esta institución para que pueda retomar sus actividades como constructora y así, no solo ofrezca opciones de financiamiento como lo viene haciendo desde el 92, sino que elabore vivienda y la ponga al alcance de los trabajadores bajo el esquema de arrendamiento social o en propiedad.
De esta forma, el trabajador con un año de cotización no solo podrá acceder a un crédito “impagable en numerosos casos” como afirma María Dolores Gutiérrez, representante del Frente Nacional por la Liberación de la Vivienda, sino que también podrá rentar una vivienda construida por INFONAVIT por un monto que, en ningún caso excederá el 30% de sus ingresos.
Dicho de otro modo, si el salario mínimo mensual en el centro del país es, en 2024, de $7,468.00 MXN, la renta de vivienda para un trabajador por parte del INFONAVIT nunca sería mayor a $2,240.40 MXN -Un costo casi imposible de encontrar en diversas zonas del país-
Así pues, después de un periodo de 10 años de arrendamiento el trabajador podrá optar por adquirir la vivienda hasta el momento rentada continuando con los pagos correspondientes.
Esta propuesta reforma nos recuerda la poca atención y lo poco regulado que se encuentra el mercado de inmuebles en el país como muchos colectivos lo expresa, afirmando que:
“Hay casas sin gente y gente sin casa”.
La gentrificación, la llamada "airbnb-zación", y la especulación de los carteles inmobiliarios, se suman a los fenómenos sociales ya existentes que encarecen el costo de la vivienda y promueven el desplazamiento. La mejor forma en que el Estado puede garantizar el acceso a este derecho a toda persona y toda familia es involucrándose y regulando este mercado. Tal y como lo hace esta propuesta de reforma estableciendo el precio de arrendamiento, sin duda se trata de un cambio importante, pero no suficiente.
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